Derecho de uso de unidad de enterramiento
Haber tenido lugar el hecho que precisa el uso de la unidad
Presencial en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Manuel, sito en Plaza Cura Pascual Vidal, núm. 11 de Manuel (Valencia).
Horario: 9:00 a 13:30 hs.
Trámite electrónico: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Manuel.
Documentación obligatoria:
- Modelo normalizado de solicitud.
- DNI del solicitante y de los dos interlocutores indicados en la solicitud.
Documentación opcional:
- Justificante del ingreso de la tasa
Plazo de presentación: Anterior a la prestación del servicio
DERECHOS DE ENTERRAMIENTO: 53€
NICHOS
En el caso de concesiones de nichos por parejas, se aplicarán los siguientes precios:
TRASLADOS
COLOCACIÓN DE LÁPIDAS: 20€
SEGUNDA Y POSTERIORES OCUPACIONES DE NICHOS Y COLUMBARIOS: 55€
LOSAS-PANTEONES: 330€
COLUMBARIOS
CAJAMAR: ES03 3058 2116 6127 3210 0014
CAIXABANK: ES07 2100 7349 1422 0003 0561
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
- Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
- Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
- Ordenanza municipal reguladora del funcionamiento del cementerio municipal de Manuel.
- Decreto 39/2005, de 25 de febrero del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana